TABLAS DE INDEMNIZACIÓN

Tabla de Indemnización a Cargo del Empleador por Terminación Unilateral del Contrato Sin Justa Causa ( Art. 64 C.S.T. Reformado por la Ley 789 de 2002 art. 28)


Contrato a termino indefinido 

“se hace una operación normal tomando la base de su salario divido en 30 y multiplicado por el número de días que resultó del punto anterior”.

Por ejemplo, Juan ingresó a trabajar el 21 de abril de 2012 y lo despidieron el 22 de octubre de 2015. Eso significa que trabajó en total 3 año,s, 6 meses y 2 días, lo que se traduce en un total de 1.262 días. Tiene un salario de $2‘000.000, lo que se traduce en un salario diario de $66.667 (al dividir el total, por 360). Para hacer el correspondiente cálculo, haremos lo siguiente.

1. Sabiendo que para el primer año se calcula sobre 30 días, entonces se obtiene:
$66.667x30 = 2‘000.000

2. Para el resto de los años, se sabe que se pagan 20 días por cada año. Para eso, se hace un cálculo aproximado, sabiendo que de los 1.262 ya se descontó el primer año, quedan 902 días:

902 días / 360 días (año)= 2,5 años

3. Sabiendo que después del segundo año se calcula la indemnización por 20 días, entonces se obtiene:

2,5 años x 20 días por año= 50,1 días de salario para indemnizar

4. Se hace el cálculo teniendo en cuenta el salario diario:

50,1 x $66.667= $3‘340.741

5. Se suma el primer año y el resto del tiempo laborado:

Año 1 $2‘000.000
Restante $3‘340.741
Indemnización total por $5‘340.741 


Contratos a termino fijo

Para los contratos a término fijo la indemnización corresponderá al salario que falta por pagar a la fecha de terminación del contrato.

Salario variable 

Aunque en la Ley no hay una estipulación al respecto, es decir, que mes a mes sea diferente; según Gerencie.com la forma más equitativa y justa de hacer la indemnización es determinando un promedio sobre los ingresos del último mes o del periodo de contrato, con el fin de establecer el salario base.


¿Aplica impuestos o retenciones?

De acuerdo con la legislación, la experta del CESA señala que el monto de la indemnización que reciba una persona está expuesto a una retención del 20% siempre y cuando su sueldo supere los 10 salarios mínimo mensuales, es decir, para 2015, si el sueldo supera los $6’443.500, para lo que la retención sería de un monto de $1’288.700.

¿Cuándo no se tiene derecho?

Además de que usted tiene que ser despedido por su empleador, el experto Juan Carlos Corral, de la EAN, recuerda que no se tiene derecho a recibir indemnización por los siguientes motivos de retiro:

- Renuncia Voluntaria
- Terminación del contrato en periodo de prueba
- Finalización del contrato a término fijo
- Muerte del Trabajador
- Iniciar a recibir pensión por parte del estado o un fondo privado
- Terminación del contrato con justa causa según lo estipulado en el código sustantivo de trabajo y el reglamento interno de trabajo de la empresa



Bibliografia 

Así se calcula la indemnización cuando lo despiden. (s.f.). Obtenido de Finanzas personales: http://www.finanzaspersonales.co/trabajo-y-educacion/articulo/como-calcular-la-indemnizacion-por-despido/57677


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