SALARIOS CAIDOS

Salarios caídos o brazos caídos


¿Qué es aquello de los salarios caídos o brazos caídos? 
     La figura de salarios caídos o brazos caídos hace referencia a la indemnización moratoria que el empleador debe pagar al trabajador cuando al terminar el contrato de trabajo no le paga los valores adeudados conforme lo ordena el artículo 65 del código sustantivo del trabajo.
El artículo 65 del código sustantivo del trabajo reza que:
«si a la terminación del contrato, el empleador no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidos, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo.»
Esta sanción moratoria (brazos caídos o salarios caídos) aplica de forma diferente según sea el salario del trabajador:
  1.  Si el salario es igual o menor al mínimo, la sanción será de un día de salario por cada día de mora sin límite de tiempo, esto es, desde la fecha de la liquidación o terminación del contrato de trabajo hasta la fecha en que el empleador pague lo adeudado, así transcurran más de dos años.
  2. Si el salario es superior a un mínimo, la sanción es la misma, esto es, un día de salario por cada día de mora pero por máximo 24 meses (dos años) contados desde la fecha de terminación del contrato de trabajo.  Después del mes 25, ya no se paga un día de salario por cada día de mora sino que el empleador debe pagar intereses moratorios a la máxima tasa certificada por la superintendencia financiera hasta cuando el pago se verifique.  Esta aplicación diferencial está prevista por el parágrafo 1 del  artículo 65 del código sustantivo del trabajo, en la medida que para salarios inferiores al mínimo contempló que se siguiera aplicando el artículo 65 en cuestión antes de ser modificado por el artículo 22 de la ley 789 de 2002.
Es importante resaltar que esta sanción no opera de forma automática sino que le corresponde a un juez determinar si existió mala fe del empleador al no pagar la liquidación al empleado al terminar el contrato de trabajo.
Bibliografia
Agencie.com. (02 de 11 de 2017). Salarios caídos o brazos caídos. Obtenido de Gerencie.com: https://www.gerencie.com/salarios-caidos.html

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