Aportes al régimen contributivo de salud continúan en 12,5 % para 2018
En 2018, el aporte
al régimen contributivo de salud seguirá siendo del 12,5 % del ingreso base de
cotización del trabajador independiente; para empleadores con menos de 2
trabajadores su aporte será de un 8,5 % y un 4 % adicional a cargo del
trabajador, para un total de 12,5 %.
De acuerdo con el artículo 204 de la Ley 100 de 1993,
modificado por el artículo 10 de la Ley 1122 de 2007,
el valor total de aportes al régimen contributivo de salud continúa siendo para
2018 del 12,5 % del ingreso base de cotización –IBC– del trabajador
independiente. Es importante destacar que las personas naturales que tengan dos
o más empleados no deben pagar aportes a seguridad social en salud por los
trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos mensuales legales
vigentes –smmlv–. Mientras que las personas naturales que solo tengan un
trabajador deben seguir aportando a seguridad social en salud en cualquier
caso.
Así lo ha establecido el artículo 65 de la Ley 1819 de 2016 cuando
advierte que:
“(…) Estarán exoneradas del pago de los aportes parafiscales
a favor del Servicio Nacional del Aprendizaje (SENA), del Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar (ICBF) y las cotizaciones al Régimen Contributivo
de Salud, las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes
declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, correspondientes
a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez
(10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Así mismo las personas naturales empleadoras estarán exoneradas de
la obligación de pago de los aportes parafiscales al SENA, al ICBF y al Sistema
de Seguridad Social en Salud por los empleados que devenguen menos de
diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Lo anterior
no aplicará para personas naturales que empleen menos de dos trabajadores,
los cuales seguirán obligados a efectuar los aportes de que trata este inciso.”
Como puede observarse en la cita de la ley, la exoneración es parcial, y
aplica solamente para la parte que debe pagar la empresa o empleador, esto es,
el 8.5 %, de manera que el trabajador debe seguir aportando el 4 %, porcentaje
que el empleador le debe deducir de su salario. La exoneración es
únicamente sobre los aportes a salud más no sobre los aportes al sistema de
pensiones.
(Diciembre 29 del 2017) Colombia, actualizate.com, recuperado de https://actualicese.com/actualidad/2017/12/29/aportes-al-regimen-contributivo-de-salud-continuan-en-125-para-2018/
Comentarios
Publicar un comentario