Afiliación de trabajadores Independientes


Afiliación de trabajadores Independientes

Obligaciones del Contratante

  • La afiliación del contratista al sistema correrá por cuenta del contratante
  • Incluir en las actividades de prevención, promoción y Salud Ocupacional de la empresa al trabajador independiente el cual se asimila al trabajador dependiente.
  • Reportar a la ARL al que se encuentre afiliado el trabajador independiente los Accidentes de Trabajo y enfermedades laborales que ocurran bajo la ejecución del contrato.
Obligaciones del Contratista

  • El pago de la cotización es por cuenta del contratista.
  • Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de la empresa
  • contratante y asistir periódicamente a los programas de promoción y prevención adelantados por las ARLs.
  • Informar al contratante de los eventos laborales ocurridos en el desarrollo de su contrato.

Requisitos para la Afiliación

  • Se deberán afiliar obligatoriamente al sistema las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos civiles, comerciales o administrativos, con una duración superior a un mes y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dicha prestación.
  • Presentar el formato de afiliación de independiente con firmas del contratante y contratista.
  • Adjuntar el contrato de prestación de servicios que indique tiempo, modo y lugar de su ejecución, junto con la fotocopia de la cedula de ciudadanía del contratista.
  • Estar Previamente afiliados al régimen de seguridad Social en salud y al Sistema de pensiones.

(POSITIVA)

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