Afiliación de trabajadores Independientes
Afiliación de trabajadores
Independientes
Obligaciones del Contratante
- La afiliación del contratista al sistema correrá por cuenta del
contratante
- Incluir en las actividades de prevención, promoción y Salud
Ocupacional de la empresa al trabajador independiente el cual se asimila
al trabajador dependiente.
- Reportar a la ARL al que se encuentre afiliado el trabajador
independiente los Accidentes de Trabajo y enfermedades laborales que
ocurran bajo la ejecución del contrato.
Obligaciones del Contratista
- El pago de la cotización es por cuenta del contratista.
- Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de la empresa
- contratante y asistir periódicamente a los programas de promoción y
prevención adelantados por las ARLs.
- Informar al contratante de los eventos laborales ocurridos en el
desarrollo de su contrato.
Requisitos para la Afiliación
- Se deberán afiliar obligatoriamente al sistema las personas
vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con
entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos
civiles, comerciales o administrativos, con una duración superior a un mes
y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se
realiza dicha prestación.
- Presentar el formato de afiliación de independiente con firmas del
contratante y contratista.
- Adjuntar el contrato de prestación de servicios que indique tiempo,
modo y lugar de su ejecución, junto con la fotocopia de la cedula de
ciudadanía del contratista.
- Estar Previamente afiliados al régimen de seguridad Social en salud
y al Sistema de pensiones.
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